10 de agosto de 2016

Una duda existencial ----------------------------

¿ES OBLIGACIÓN DE LOS DIRIGENTES
GREMIALES DECLARAR SUS BIENES
ANTES DE ASUMIR Y AL RETIRARSE?

   Los políticos y los funcionarios están obligados a presentar una declaración jurada de sus bienes, que en buena proporción de casos son “dibujos” que enmascaran posesiones que con tiempo ya fueron “desviadas” a escondrijos familiares o de testaferros o “prestanombres”. El trámite debe hacerse -según me comentaron los que saben- al asumir y al finalizar la gestión o sus respectivos mandatos.
   En el caso de los dirigentes sindicales, en verdad es parte de mi desconocimiento si están obligados a la presentación de sus estados patrimoniales al hacerse cargo de la conducción y al dejarla, aunque esto suele darse por alejamiento sin regreso, después de haberse transformado en un buen porcentaje de casos, en prósperos empresarios con el futuro asegurado al menos para un par de generaciones.
   Si no hay ley que obligue a los “capos” del sindicalismo a cumplir con ese juramento, bueno sería que a algún legislador se le ocurriera elaborar un proyecto en tal sentido, llevarlo al parlamento y buscar su unánime aprobación.
   Y si ya existe, procurar hacerla cumplir y divulgar sus resultados.
   De lo contrario, se estarían consagrando un privilegio y un encubrimiento inadmisibles.
G.F.


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