¿ES OBLIGACIÓN DE LOS
DIRIGENTES
GREMIALES DECLARAR
SUS BIENES
ANTES DE ASUMIR Y AL
RETIRARSE?
Los políticos y los
funcionarios están obligados a presentar una declaración jurada de sus bienes,
que en buena proporción de casos son “dibujos” que enmascaran posesiones que
con tiempo ya fueron “desviadas” a escondrijos familiares o de testaferros o “prestanombres”.
El trámite debe hacerse -según me comentaron los que saben- al asumir y al
finalizar la gestión o sus respectivos mandatos.
En el caso de los dirigentes
sindicales, en verdad es parte de mi desconocimiento si están obligados a la
presentación de sus estados patrimoniales al hacerse cargo de la conducción y
al dejarla, aunque esto suele darse por alejamiento sin regreso, después de
haberse transformado en un buen porcentaje de casos, en prósperos empresarios
con el futuro asegurado al menos para un par de generaciones.
Si no hay ley que obligue a los
“capos” del sindicalismo a cumplir con ese juramento, bueno sería que a algún
legislador se le ocurriera elaborar un proyecto en tal sentido, llevarlo al
parlamento y buscar su unánime aprobación.
Y si ya existe, procurar
hacerla cumplir y divulgar sus resultados.
De lo contrario, se estarían
consagrando un privilegio y un encubrimiento inadmisibles.
G.F.
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